Por un Derecho Animal.
Defínase el Derecho, diciendo que es el conjunto de leyes escritas, sancionadas por el estado, reguladoras de la personalidad, vida y actividad del sujeto y su relación con la sociedad, fundadas en principios universales y eternos, de cuyos conceptos, respectivamente, difaman el Derecho privado, público y natural. La unidad del Derecho a partir del siglo XIX, se modificó orgánicamente en civil, mercantil; Penal, Procesal, Canónigo, Político, de Gentes, Internacional Publico, Internacional Privado, Marítimo, Aeronáutico Editorial, etc. De lo que no hay constancia es que se haya pensado redactar por lo menos, un Código a favor de los animales.
Cuentan, dicen y defienden que los seres irracionales no pueden tener derechos, porque de este modo les concederíamos fundamentos morales.
Esto podría ser muy grave en el orden de algunas ideas. El animal no es un ser ético, por lo tanto no se puede hablar de derechos, ¡ni aún el de la vida!
Parecen olvidar cierta clase de moralistas que el animal llamado irracional es sensible y, por lo tanto, capaz de sufrimiento. Además sin olvidar, fuera de toda duda, que todas las cosas tienen su fin propio. Este fin propio, evolutivo, se dirige no sólo hacia su perfección, sino a la finalidad total del Universo.
El animal irracional se nutre, crece, se multiplica. Este es su fin, y este es su Derecho. Entre el hombre y el animal existen cualidades, actividades fisiológicas semejantes. Las hay también en gran número de caracteres sicológicos. De no ser así, ¿por qué se estudia la conducta animal para conocer mejor la conducta humana?
Para no herir sensibilidades, me pregunto si en el terreno de lo ético, se podría establecer una Codificación Internacional a favor de los animales y que fuese aceptada y cumplida en todos los países. Existen algunas disposiciones hasta leyes, pero dinamantes de principios siempre en relación a la necesidad humana. Pienso, no obstante, que se debería hablar de un Derecho Universal que se refiera a todos los seres que poseen lo que llamamos vida, o sea, el fenómeno que se caracteriza por la sensibilidad y el movimiento espontáneo.
No es entendible el concepto de animalidad irracional como opuesto al de animalidad racional en las manifestaciones de lo psíquico, pues no hay oposición sino diferencia. Razón e instinto son diferentes en esencia, pero son fenómenos que se dan en la facultad de conocer.
El ser racional conoce que es movido por el instinto. O también se diría que la razón es el instinto regulado. El instinto es lo que impele, lleva a hacer algo y la razón dicta cómo, cuándo y de qué manera conviene satisfacerlo, para que sea lícito al bien propio y común. De ahí nace el Derecho.
Corresponde, pues, a la razón sentar los principios de esos Derechos para la defensa de la vida misma. Desde el punto de vista humano, desde el vértice de la racionalidad, se pueden señalar dos vértices: lo útil y lo nocivo, que dan principios a leyes especificas, a derechos diversos que se ramifican en el derecho natural. Esto consiste en que cada ser logre el fin que le es propio. Quisiera recordar que la especie humana no es más que un philum de la animalidad con el tesoro de la razón. Descubierto este origen común, por la genética, aún en los invertebrados el problema de definir un Derecho Animal, estará siempre en pie, problema que no es sólo de carácter moral sino de convivencia de reciproca ayuda. La parte rectora corresponde a los seres dotados de razón ya que sobre ellos pesa la responsabilidad de sus actos. Es obvio señalas la utilidad del caballo, el perro, la abeja, cabra, etc.
El estudio de la psique animal se ha realizado en todos los tiempos, remontándose a la historia del hombre mismo, pues debió distinguir siempre que unos eran más inteligentes que otros. Séneca: No observarás en ningún animal el menosprecio de sí, ni el descuido de conservar su vida. Vives: Tiene los animales ese conocimiento interior en el cual hasta no carecen de discernimiento evidente, y aunque algunos no están dotados de todos los sentidos, han logrado un pequeñísimo pensamiento interior.
Pienso que todo pequeñísimo pensamiento no deja de ser un pensamiento. Me pregunto: Entonces, si algún acto de los animales puede estar inspirado por alguna clase de pensamiento, ¿qué impide concederles derechos y deberes?. Lo que tal vez pueda admitirse es que la psique animal se halla como en un estado de sueño, sin que exista pérdida de ninguna función mecánica u orgánica del cuerpo. Posiblemente en el animal sólo exista la psique simple, compensada por el instinto poderosamente desarrollado, lo que le hace tener cierta semejanza con la psique reflexiva.
Si tuviésemos presente que los perros, por ejemplo, son capaces de experimentar la angustia vital, con sus secuelas de histerismo, complejos de inferioridad, neurosis y hasta fenómenos de gamberrismo, el acto de redactar al menos un Código Universal para los animales, no sería materia tomada tan al descuido por hacedores de Derechos de todo tipo y jaez.
Comentarios
Publicar un comentario